El Subsidio del desempleado Es un beneficio que se otorga como consecuencia de la Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarada por el Gobierno Nacional y generada por el COVID-19, que contempla una transferencia económica por máximo tres meses, para proteger a las personas que se encuentran desempleadas, hasta donde lo permita la disponibilidad de recursos de la Caja de Compensación Familiar.
¿En que consiste el subsidio de Emergencia?
Consiste en el pago de 2 SMMLV durante tres meses, el pago de seguridad social (salud y pensiones) sobre un (1) SMMLV y el pago de cuota monetaria por seis (6) meses en los términos de la Ley 1636 de 2013.
¿A quién va dirigido el Subsidio de Emergencia?
Va dirigido a trabajadores cesantes (dependientes e independientes) que al momento de la terminación de sus contratos hayan estado afiliados a categorías A y B y que hayan realizado aportes durante 12 meses, de manera continua y/o discontinua, durante los últimos 5 años.
Los requisitos para acceder al subsidio al desempleo son:
- Encontrarse en condición de desempleado por cualquier causa o, en caso de independientes, que su contrato haya cumplido con el plazo de duración pactado y no cuente con ninguna fuente de ingresos.
- Que haya realizado aportes continuos o discontinuos a cualquier Caja de Compensación Familiar durante los últimos tres años así: trabajadores dependientes 1 año y trabajadores independientes 2 años.
- No estar haciendo aportes como cotizante a una EPS o Caja de Compensación Familiar.
- Inscribirse en uno de los prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo y realizar ruta de empleabilidad.
Documentos a llevar
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía
- Certificación de EPS (actual o donde estuvo afiliado
- Certificado de la Agencia de Empleo y Emprendimiento de Compensar. Para conocer más sobre estos servicios, inscríbete ahora al servicio de empleo
- Carta de terminación del contrato laboral, en la que indique la fecha de terminación del contrato
- Certificación de Caja de Compensación indicando tiempo de vinculación. Esta certificación es necesaria si el solicitante (postulante) estuvo afiliado a otra Caja de Compensación o si su afiliación en Compensar fue inferior a 12 meses en los últimos tres (3) años.
*Importante: Para recibir el subsidio monetario deberá actualizar certificado de estudio de los hijos mayores de 12 años. Si la afiliación fue en otra Caja de Compensación, debe llevar copia de los documentos de los beneficiarios por los cuales recibía subsidio monetario.
Ten presente que no pueden acceder al beneficio quienes:
- Ostenten la calidad de servidores públicos de elección popular.
- Estén devengando una pensión de jubilación por invalidez, vejez o sobrevivencia.
- A pesar de haber terminado su relación laboral, de prestación de servicio u otra actividad económica como independientes, no cuenten con una fuente directa adicional de ingresos.
- Hayan percibido los beneficios de FOSFEC durante 6 meses continuos o discontinuos en los tres últimos años. Incluye subsidios de emergencia.
- No cumplan con la totalidad de los requisitos antes mencionados.
- Tener contratos laborales activos o suspendidos.
Con el Subsidio de emergencia al Desempleo de la Ley 1636 de 2013 y Decreto 770 de 2020 recibes los siguientes beneficios por hasta tres (3) meses:
- **Pago de aportes a Salud calculado sobre un (1) SMMLV equivalente a $125.000.
- Pago de aportes a Pensión calculado sobre un (1) SMMLV equivalente a $160.000.
- Pago de transferencia económica de emergencia calculado sobre dos (2) SMMLV divididos en tres (3) mensualidades iguales equivalente a $666.667.
- ***Pago de cuota monetaria (subsidio familiar) equivalente a $42.300, agropecuario $48.600, y/o persona a cargo que presentan condición de discapacidad $84.600.
- Incentivo por ahorro de cesantías (si aplica el caso).
*Tarifas vigentes año 2023. El pago de aporte a EPS y AFP se realizará a la última EPS y Fondo de Pensión al que hubiese estado afiliado. El pago de Cuota Monetaria se realizará en las mismas condiciones del último vínculo laboral.
Para mas información
Si desea conocer mas información acerca del subsidio de emergencia, te dejaremos los siguientes canales de atención
- Pagina Oficial: www.mintrabajo.gov.co
- Dirección: Carrera 14 No. 99-33 pisos 6, 7, 10, 11, 12 y 13 Bogotá, Colombia
- Código Postal: 110221
- Teléfonos PBX: (601) 3 7 7 9 9 9 9 – Línea nacional gratuita 0 1 8 0 0 0 1 1 2 5 1 8